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Estas son las recomendaciones de la CONAVIM que incumplió gobierno de Antonio Gali

En PUEBLA Shanik David
  • En 14 de las 15 conclusiones los indicadores quedaron como “no cumplidos”, y sólo en una se acreditó estar “en proceso de cumplimiento”.
  • Se consideró el lanzamiento de la campaña #CuidadoPuedeSerTrata, la cual si bien tuvo efectos positivos “no se tiene información de que su difusión haya sido focalizada a grupos vulnerables que no usan redes sociales”

PUEBLA, MÉXICO.- La emisión de la Alerta por Violencia de Género para el estado de Puebla no se debió sólo al amparo que ganaron las organizaciones sociales que presentaron la primera solicitud en 2016, sino que además la administración de José Antonio Gali Fayad incumplió con las recomendaciones que se dictaron el año pasado como parte del segundo proceso que se abrió para analizar la situación en la que viven las mujeres en la entidad.

En la declaratoria que emitió la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia en contra de las Mujeres (Conavim) se indica que, además de la sentencia de amparo, se tomó en consideración la resolución del 14 de febrero relacionada con “el estado que guarda el procedimiento AVGM/08/2017 y la situación persistente de violencia feminicida en el estado de Puebla”.

Dicho procedimiento fue el que se abrió a raíz de las solicitudes presentadas por el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y representantes de organizaciones como Protección Popular Nacional A.C. y Sumando por Guerrero A.C. a finales de 2017, y el cual derivó en que en agosto de 2018 se dictara un nuevo paquete de recomendaciones al gobierno poblano, el cual debió cumplir en un período de seis meses (AQUÍ).

Sin embargo, en el dictamen de cumplimiento emitido por la Conavim, se observa que, en 14 de las 15 conclusiones los indicadores quedaron como “no cumplidos”, y sólo en una se acreditó estar “en proceso de cumplimiento”.

A MEDIAS

Destaca que la única conclusión “en proceso de cumplimiento” es la referente a acciones que debe implementar el Tribunal Superior de Justicia, pues se menciona, por ejemplo, que si bien se emitió una declaratoria para hacer obligatorio juzgar con perspectiva de género, se está a la espera de que al interior del Poder Judicial estatal se aprueben los criterios que implica esta modalidad de aplicación de justicia.

Esto ocasiona que no se tenga un monitoreo y revisión de “las decisiones judiciales en los casos de violencia contra las mujeres”, que es otra de las recomendaciones al poder judicial.

Además, el TSJ solicitó dinero para mejorar su actuación en temas de género, pero éste no ha sido autorizado por el Congreso del Estado, y si bien en su portal de internet hay una sección de “delitos de violencia contra las mujeres y órdenes de aprehensión”, ésta se encuentra bloqueada o la información tarda en actualizarse.

CAPACITACIÓN Y DIAGNÓSTICO

De las 57 acciones que recomendó la Conavim al gobierno de Puebla en agosto del año pasado se registró algún nivel de cumplimiento principalmente en las relacionadas con cuestiones operativas, de planeación o de organización institucional, mientras que las que tienen que ver directamente con la ejecución de programas y acciones o con la atención directa a las víctimas no se acataron.

Por ejemplo, sólo se reportaron “en proceso de cumplimiento”, las relacionadas con la capacitación de servidores públicos, ajustes institucionales y definición de perfiles para ocupar cargos relacionados con atención a víctimas.

También se consideró como un avance las acciones implementadas para prevenir el embarazo adolescente, la definición de las pautas para el diagnóstico de la situación de los hijos e hijas de víctimas de feminicidio, así como de la situación de violencia en las escuelas, la firma de un convenio con Casa ANTHUS, y la búsqueda de mecanismos para fortalecer los institutos municipales de las mujeres, pero estas medidas no son suficientes.

Llama la atención que, si bien se consideró como en proceso de cumplimiento el fortalecimiento de las áreas de la Fiscalía General del Estado relacionadas con la atención a víctimas, pues se etiquetó un presupuesto específico para 2018, “de las evidencias presentadas sólo se reportaron acciones sin una estrategia y dirección”.

Además se consideró “parcialmente cumplido” la creación de un programa anual de trabajo, pues si bien se han tomado algunos pasos para esto no se ha logrado la definición del mismo con los criterios establecidos.

Uno de los puntos que sí se consideran cumplidos es la creación de un protocolo fundamentado en la NOM-046-SSA2-2005, el cual “se elaboró desde la perspectiva de que el proceso de atención a una mujer víctima de violencia puede iniciar en cualquiera de las dependencias involucradas, y en cualquier nivel de gobierno, sintetiza en flujogramas, el resumen de atención integral de la mujer víctima de violencia”.

En el dictamen además se afirma que se cumplió en su totalidad con la recomendación de generar acuerdos de coordinación con Tlaxcala y Veracruz para el combate de la trata de personas, además de que se presentó el Manual de Procedimientos en Materia de Trata de Personas y el Protocolo para Proteger y Asistir a Víctimas de Trata de Personas en Puebla.

También se consideró el lanzamiento de la campaña #CuidadoPuedeSerTrata, la cual si bien tuvo efectos positivos “no se tiene información de que su difusión haya sido focalizada a grupos vulnerables que no usan redes sociales”.

Otros de los puntos giran en temas más operativos de las instancias públicas, como fue la creación de “lineamientos dirigidos al personal policial, pericial y ministerial, así como al área de comunicación social de la Fiscalía General del Estado, respecto al adecuado manejo y protección de la información relativa a los casos en los que se investigue la muerte de una mujer”, y de un “Protocolo de atención y canalización de las víctimas y posibles víctimas de trata de personas”, y la generación de informes periódicos de carpetas de investigación de las Unidades de Investigación Especializada en Delitos Sexuales, Violencia Familiar y Delitos de Género.

Cabe mencionar que dentro de la Octava Conclusión se habían solicitado medidas para mejorar la forma en la que se presentaran quejas en contra de servidores públicos, así como la investigación de las mismas, lo cual quedó “parcialmente cumplido”.

Esto pues, aunque se tomaron acciones para erradicar prácticas discriminatorias, “se observa de la revisión de los cuatro informes presentados, que no hay un seguimiento a los malos servicios de atención brindados, no son denunciados o no se traducen en quejas”.

En cambio, quedaron sin cumplir el resto de las acciones solicitadas, como la creación de un diagnóstico sobre los feminicidios, violencia de género y trata de personas en el estado, generación de programas de sensibilización, el fortalecimiento de las órdenes de protección, la contratación de especialistas para la unidad de análisis de los casos de feminicidio, y la generación de materiales educativos sobre temas de género y sexualidad, por mencionar algunas.

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