- El IMPI multó a la editorial por usar el nombre y fotografías de Gloria Trevi en un libro de investigación. ARTICLE 19 advierte que la resolución desconoce excepciones legales y restringe indebidamente el uso informativo de la imagen.
CIUDAD DE MÉXICO.— ARTICLE 19 México y Centroamérica advirtió que la sanción impuesta por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) a Penguin Random House por el uso del nombre artístico y fotografías de Gloria Trevi en el libro Todo a la luz, de Karla de la Cuesta, constituye una restricción indebida a la libertad de expresión y genera un precedente preocupante para el periodismo de investigación y la labor editorial.
El IMPI resolvió el 27 de julio de 2026 que la editorial incurrió en una infracción prevista en el artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, imponiendo una multa de 5,000 UMA (542,850 pesos) y ordenando que la editorial no utilice en el futuro la imagen de la cantante sin autorización. ARTICLE 19 señaló que esta prohibición es genérica y anticipada, lo que equivale a una forma de censura previa, prohibida por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La organización recordó que el artículo 74 del Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor permite el uso de imágenes sin autorización cuando se trata de fines informativos o periodísticos, excepciones que el IMPI ignoró pese a que la obra aborda hechos de interés público basados en documentos judiciales y testimonios.
ARTICLE 19 también cuestionó que el IMPI aplicara un concepto excesivamente amplio de “lucro indirecto”, al considerar sancionable cualquier publicación comercial que incluya la imagen de una persona, aun cuando no sea el objeto de venta. Además, criticó que se impusiera la multa máxima, lo que envía un mensaje intimidatorio a editoriales y autores con menos recursos para litigar.
La organización llamó a la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa a resolver la impugnación con una adecuada ponderación de los estándares constitucionales y convencionales en libertad de expresión. También exhortó al IMPI a respetar los usos informativos de la imagen y evitar prohibiciones amplias que limiten la circulación de información sobre figuras públicas.