Fotografía: Especial

Secretaría de Salud de Puebla sin reporte de embarazos por violación

En ESPECIALES Shanik David

PUEBLA, MÉXICO.- La Secretaría de Salud del estado de Puebla no cuenta con reportes estadísticos de cuántas mujeres han resultado embarazadas a raíz de violaciones o agresiones sexuales, lo cual podría demostrar la falta de cumplimiento de las obligaciones que se tienen para atender a las víctimas de este tipo de ataques.

En respuesta a la solicitud de acceso a la información con número de folio 00271518, la dependencia estatal no sólo reconoció no contar con estos datos, sino que también evadió reportar el número de mujeres que han acudido a hospitales públicos para solicitar atención médica por violación, y en lugar de esto proporcionó un informe sobre mujeres atendidas por lesiones.

La falta de respuesta llama la atención pues tan sólo hace un año, en atención a otra solicitud, la dependencia sí entregó la información relacionada con las atenciones médicas por violencia sexual.

Sin embargo, la secretaría proporcionó un listado de los casos de mujeres que han pedido la interrupción de embarazos derivados de violaciones, destacando no sólo la baja cantidad, sino que las víctimas son principalmente menores de edad.

En el documento de la Secretaría se indica que en 2013 abortó una niña de 16 años en Cholula por violación; en cambio en 2017 se realizaron cinco abortos con fundamento a lo dispuesto en la NOM-046-SSA2-2005: uno en Atlixco a una niña de 12 años, dos en Tehuacán a pacientes de 14 y 13 años, respectivamente; y dos en Puebla, de los cuales uno fue a una adolescente de 18 años y el otro a una mujer de 40 años.

Estos números contrastan con el reporte anual de violaciones registradas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), organismo que reportó 449 denuncias por agresiones sexuales en 2013 y 668 en 2017.

NOM-046-SSA2-2005

El incremento en la accesibilidad a la interrupción voluntaria del embarazo por violación se debió a que en 2016 se reformó la mencionada “NOM-046-SSA2-2005. Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención”, pues se eliminó el requisito de que hubiera una autorización “de la autoridad competente” para que la víctima solicitara la terminación del embarazo.

Y aunque esto ha facilitado que las mujeres tengan una atención más adecuada en los hospitales públicos del estado, la respuesta de la Secretaría pone en evidencia que no se cumple con todos los criterios de esta norma.

Esto pues en la sección referente a “la detección de probables casos y diagnóstico” de dicho documento, se establece que el personal médico deberá realizar entrevistas a las pacientes o víctimas sin juicios de valor o prejuicios, y que se “debe determinar si los signos y síntomas que se presentan -incluido el embarazo- son consecuencia de posibles actos derivados de violencia familiar o sexual y permitir la búsqueda de indicadores de maltrato físico, psicológico, sexual, económico o de abandono, como actos únicos o repetitivos, simples o combinados, para constatar o descartar su presencia”.

Lo anterior implica que, en cumplimiento de esta norma oficial, se deben hacer las pruebas necesarias para identificar si a raíz de una violación la víctima quedó embarazada, información que fue declarada como inexistente por la dependencia estatal.

LOS CASOS

Aunque en el reporte de la Secretaría de Salud se observa que se ha facilitado el proceso para que las mujeres interrumpan embarazos derivados de violaciones, hay casos documentados en los que, a pesar de existir la NOM-046-SSA2-2005 (previo a su reforma), las autoridades no la cumplían.

Esto se desprende del informe “Violencia Sin Interrupción 2017” del Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE), donde se citan dos casos de menores de edad poblanas a quienes se les negó la posibilidad de abortar.

Uno de los casos mencionados por la agrupación es el de Lucía, una niña de 14 años que fue violada por su padrastro y quedó embarazada en 2015; “ tanto el Ministerio Público como el Hospital General de Cholula le negó el acceso a un aborto legal con el argumento de que su embarazo era de 13 semanas, de acuerdo con el ultrasonido realizado: una semana más del límite que marca el código penal local”, se describe en el informe.

Si bien se presentó una demanda de amparo en contra de esta negativa, dado que el juicio avanzó de manera lenta la madre de la menor decidió llevarla a la Ciudad de México para interrumpir el embarazo, quedando sin materia el recurso legal.

Algo similar vivió Berenice, una adolescente de 15 años que fue violada por su tío en Teziutlán y quedó embarazada en 2016; al acudir al Ministerio Público de dicho municipio “las autoridades ministeriales les negaron su solicitud argumentando que el aborto por violación no es legal y que ellos incurrirían en un delito”.

Ante esto su madre la llevó a una clínica pública en la Ciudad de México para que atendieran a la menor, pero se les negó el procedimiento a pesar de que estaban dentro de los plazos legales; finalmente Berenice tuvo que abortar en un establecimiento privado.

LA INICIATIVA

El tema de la interrupción legal del embarazo por violación causó controversia hace unas semanas pues los diputados Carlos Daniel Gómez Olivares y Germán Jiménez García, representantes del partido Compromiso por Puebla, presentaron una iniciativa en el pleno del Congreso relacionada con el reconocimiento legal de la norma oficial mexicana.

Fue el 21 de febrero cuando los legisladores ingresaron dicha propuesta, la cual simplemente tiene como objetivo ajustar la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, ya que en ésta se hace referencia a la norma oficial emitida en 1999 y no a la versión vigente publicada en 2005 y reformada en 2016.

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