PUEBLA, MÉXICO.- Un mes se aplazó la audiencia constitucional dentro del juicio de amparo que inició Eduardo Rivera Pérez por el incumplimiento de los plazos legales para el estudio de su cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2013, con lo cual también se alarga el que el Poder Judicial determine si el Congreso sí actuó de manera incorrecta en este procedimiento.
Originalmente se tenía previsto que el martes 25 de abril se llevaría a cabo la audiencia, en la cual las partes involucradas presentarían sus pruebas para sustentar su postura sobre el caso; sin embargo, para que este encuentro se pudiera llevar a cabo era necesario que previamente la autoridad señalada entregara un informe justificado del caso.
Fue desde el 14 de marzo que el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales, el cual lleva el juicio de amparo 553/2017, les solicitó al Congreso del Estado, a la Comisión Inspectora y a la Auditoría Superior del Estado el informe en el cual incluyeran todos los documentos relacionados con el proceso de sanción que se abrió en contra del exalcalde de Puebla, para lo cual se dio un plazo de 15 días hábiles.
Sin importar esto, fue hasta el lunes por la noche, horas antes de que se llevara a cabo la audiencia constitucional, que se entregó “el informe que se consideró conveniente”, informó el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Jorge Aguilar Chedraui.
Dado que no se tuvo el informe con anterioridad, la parte quejosa no pudo hacerse de las pruebas que tenía que presentar en la audiencia por lo que el Juez de Distrito determinó diferir ésta hasta el 24 de mayo próximo.
Esto se publicó en el sistema de expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, donde además se puso en evidencia que el poder legislativo local fue omiso en cumplir con las indicaciones de la instancia judicial.
En el acuerdo difundido este miércoles se señala que aunque se pidió informes a las tres autoridades antes citadas, sólo la Auditoría Superior del Estado entregó la documentación requerida, e incluso esta fue incompleta.
Ante esto, se dio un plazo adicional de tres días hábiles para que la Comisión Inspectora, el Congreso y la ASE “remitan a este órgano jurisdiccional copias certificadas de todas las constancias que integran el Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades 131/2016”, pues se consideran que estos documentos son “indispensables” para poder emitir la sentencia de este caso.
El amparo que presentó Rivera Pérez señala como acto reclamado la “omisión de dictar resolución final a procedimiento administrativo de responsabilidades”, pues como explicó en su momento el exedil panista, dado que fue en diciembre que se aprobó el IPADR en su contra, para mediados de marzo no se había resuelto éste, por lo que no se cumplieron los plazos que establecen las leyes aplicables.