PUEBLA, MÉXICO.- Aunque ya pasaron dos meses desde que los diputados locales corrigieron la reforma constitucional en materia del derecho humano de acceso al agua, las controversias constitucionales presentadas por presidentes municipales en contra de ésta siguen abiertas en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Si bien la segunda modificación al artículo 12 de la Constitución Política del Estado de Puebla tenía como objetivo, entre otras cuestiones, echar atrás los recursos de impugnación que se presentaron ante la Corte, la falta de claridad sobre la misma podría ser la razón por la cual los juicios siguen en proceso.
Es más, en al menos nueve de los 12 controversias que presentaron los ediles poblanos ya se programaron las audiencias para la presentación de alegatos, las cuales se llevarán a cabo entre el 29 de junio y el 6 de julio, esto según los acuerdos emitidos por los ministros y publicados en el portal de la SCJN.
Llama la atención que fue a penas la semana pasada cuando Edgar Sánchez Farfán, director general de Asuntos Jurídicos, de Estudios y de Proyectos Legislativos del Congreso, contestó a las demandas registradas con los números 82/2017, 85/2017, 86/2017, 87/2017 y 89/2017 (correspondientes a los municipios de San Gabriel Chilac, Tehuacán, Zinacatepec, Altepexi e Izúcar de Matamoros, respectivamente), pues no sólo implica que el poder legislativo tardó más de tres meses en dar contestación a las controversias, sino que la información que se presentó no fue suficiente para desechar los recursos y más bien se agendaron las audiencias correspondientes.
Hay que recordar que la inconformidad de los ediles se debió a que en la reforma del artículo 12 aprobada el 6 de enero de este año, aunque se hablaba del derecho humano al acceso al agua, no se decía de manera textual la facultad que tienen los municipios en el manejo de la misma, lo cual generó incertidumbre ante el riesgo de que el servicio fuera acaparado por el gobierno del estado.
A raíz de las demandas presentadas ante al SCJN y manifestaciones que se hicieron en contra de esta reforma, para el 1 de abril los legisladores aprobaron una segunda modificación, de tal manera que la fracción sexta del artículo 12 de la Constitución local se indique que es una obligación del gobierno: “Proteger el derecho que tiene toda persona al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Pero pese a que dicha iniciativa se aprobó de manera exprés -pues en menos de tres días ingresó la propuesta, se analizó en comisiones y se validó en el pleno-, hasta la fecha no se tiene conocimiento si ya se decretó la constitucionalidad de la misma, es decir, no se sabe si ya entró en vigor.
Para esto, hay dos vías, según comentó en abril el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Jorge Aguilar Chedraui: que sea aprobada por la mitad de los cabildos más uno, o que se deje correr un determinado plazo de 30 días para que se decrete por acuerdo.
Pese a esto, hasta el momento no se tiene una versión oficial en relación a si esta nueva reforma ya es operante, pues incluso en los portales de transparencia del Congreso y del gobierno del estado sigue disponible la versión de la Constitución con su última reforma a enero de 2017.
Lo anterior podría implicar que, dado que todavía sigue vigente el texto que está bajo impugnación, las controversias constitucionales que presentaron los ediles no han quedado sin efecto, por lo que la Corte podría emitir un posicionamiento al respecto.