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Sistema Nacional de Transparencia aplaza sanciones por incumplimiento

En PUEBLA Shanik David

PUEBLA, MÉXICO.- A unas horas de que venza el plazo que se estableció para que los sujetos obligados de todo el país cumplan con las disposiciones de la Ley General de Transparencia -y las homologas locales-, la vigilancia para que se acaten éstas generó fricciones en la sesión extraordinaria del Sistema Nacional de Transparencia, pues pese a que se lleva un año en espera de que se difunda la información se optó por flexibilizar los criterios.

Por mayoría de votos se aprobó el acuerdo que contiene la Directrices para realizar la Verificación Diagnóstica de las Obligaciones que deben Difundir los Sujetos Obligados en los Portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, en el cual se indica que si bien este jueves se vence el plazo para que los siete mil 132 sujetos a obligados a nivel nacional difundan su información pública de oficio, no habrá sanciones por incumplimiento durante este año.

En el documento se establece que a partir del 5 de mayo se entrará en un período de evaluación diagnóstica para evaluar cuáles son las áreas de oportunidad en las que puede mejorar el SNT y los sujetos obligados, el cual se dividirá en dos etapas.

La primera etapa será del 8 de mayo al 14 de agosto, plazo en el cual los órganos garantes de cada estado -los institutos de transparencia- verificarán en qué estatus se encuentran los portales de las dependencias y organismos que están obligados por ley a difundir la información; con base en esta revisión se emitirán recomendaciones y criterios que tienen que ser cumplidos por los sujetos obligados -y que deben ser notificados al SNT-, para lo cual tendrán hasta el último día hábil de 2017.

Esto generó controversia, pues uno de los mecanismos para hacer que las dependencias de gobierno y demás entidades cumplan con sus obligaciones era la posibilidad de que los órganos garantes sancionaran a los que no acatarán los lineamientos legales, pero con este período diagnóstico esta facultad de aplazó hasta 2018.

Lo mismo sucedió las denuncia por incumplimiento, mecanismo que se incluyó en la nueva ley general desde su aprobación en 2015 -y en la ley estatal en 2016-, la cual permitía que fueran los propios ciudadanos los que presentaran reportes ante los órganos garantes para denunciar la falta de difusión de la información; si bien se permitirá que se presenten estos reportes, “se admitirán y acumularán para formar parte de la verificación diagnóstica”, se indica en el acuerdo.

El tema fue combatido en la reunión extraordinaria que se llevó a cabo este miércoles por los representantes del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla, quienes consideraron que esto representa una violación a las obligaciones que tienen las autoridades en relación a los derechos humanos.

Gabriela Sierra Palacios, comisionada presidenta del organismo de Puebla, recordó que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reconoce el derecho de acceso a la información pública como un derecho humano, lo que obliga que las autoridades lo “garanticen, protejan, promuevan y respeten”, además que se apliquen medidas de prevención y sanción cuando éste no se cumpla

“De tal suerte se considera insostenible y contraria a derecho cualquier prorroga o práctica análoga para constatar y sancionar el incumplimiento aún y cuando sea bajo el esquema de dar certidumbre a los sujetos obligados”, acusó la comisionada, al recordar que desde noviembre se estableció el 4 de mayo como la fecha límite para la actualización de la información.

Además, lamentó que con esta ampliación de plazo para la aplicación de sanciones, con lo cual dijo que “se pasaría por alto las obligaciones” en materia de derechos humanos, se trasngreden los derechos de los ciudadanos.

“Nos pronunciamos en contra del acuerdo, pues los titulares de los derechos fundamentales contenidos en la carta magna y en tratados internacionales esperan a partir del 5 de mayo un respeto irrestricto a su derecho a la información, no así la sola detección de áreas de oportunidad y ejercicios diagnósticos como se pretende”, sentenció.

Al final, sólo los organismos de Puebla y Morelos votaron en contra del acuerdo en cuestión, con lo cual quedó definido que no habrá sanciones por incumplimiento de las obligaciones de transparencia a lo largo de 2017.

Esta sería la segunda prorroga que se da para que los sujetos obligados cumplan de manera integral con sus obligaciones de transparencia, lo cual a su vez retrasa que opera de manera correcta el Sistema Nacional de Transparencia.

La Ley General de Transparencia entró en vigor el 4 de mayo de 2015, y se dio un plazo de un año para que los congresos locales realizaran las armonizaciones legislativas correspondientes para contar con sus leyes locales.

Para el 4 de mayo, ya con las leyes estatales aprobadas -que en el caso de Puebla se dio días antes de vencerse el plazo-, se abrió un período de seis meses para que los sujetos obligados de todo el país cumplieran con sus obligaciones.

Sin embargo, dado que la Plataforma Nacional de Transparencia presentó fallas, además de que hubo complicaciones para que todas las áreas de gobierno recabaran la información que se requería, en noviembre se aprobó dar seis meses adicionales, los cuales se vencen este 4 de mayo.

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