PUEBLA, MÉXICO.- El aumento del uso de las redes sociales, en ocasiones sin contar con medidas de prevención para el cuidado de la información o imagen personal, pone a los jóvenes en una condición de vulnerabilidad de caer en el “acoso sexual cibernético”.
Esto en particular debido a que hay una tendencia creciente de compartir imágenes, vídeos o textos con contenido sexual o erótico, los cuales puede acabar en las manos incorrectas.
Ante este escenario, los diputados del Partido Nueva Alianza presentaron una iniciativa para crear el tipo penal de “delitos contra la privacidad sexual”, el cual busca proteger la información que compartan los ciudadanos a través de internet.
Para esto propusieron modificar el Código Penal del Estado de Puebla para crear una sección exclusiva para este delito, el cual consiste en que una persona “aprovechándose de la relación existente o preexistente de mutua confianza, difunda o transfiera sin autorización de la persona titular de esa información y en su agravio, alguna imagen, texto o grabación de contenido erótico o sexual; utilizando las tecnologías de la información, como internet, telefonía móvil, comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos”.
Para esta falta, en la iniciativa se establece una sanción que va de uno a seis años de prisión y una multa que oscila entre los siete mil 500 y lo 75 mil pesos.
En la propuesta de los legisladores aliancistas además se establecen agravantes a este delito, como sería el que se acose sexualmente a alguien “con envíos cibernéticos insistentes”, o que se obtenga contenido de carácter sexual o erótico por medio del hackeo de los equipos de la víctima.
Esta iniciativa fue ingresada por la fracción parlamentaria este miércoles, y fue enviada a comisiones para su estudio, sin embargo hay pocas esperanzas de que avance pues aunque ya se han presentado propuestas similares en los últimos años, todas se han quedado en la congeladora.
Tan sólo en junio del año pasado el diputado Sergio Céspedes Peregrina ingresó un punto de acuerdo para solicitar a la Secretaría de Educación Pública y a los Institutos Poblanos de la Juventud y del Deporte que se generaran programas para concientizar a los jóvenes acerca de los riesgos del sexting, en el cual enfatizaba los riesgos que implaba compartir imágenes, vídeos o mensajes con una pareja.
Con esta acción, se detalla en el punto del diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) los jóvenes quedan “expuestos al uso indebido del contenido que generan, pudiendo ser este extraído por medio del robo de algún dispositivo móvil o de almacenamiento de datos electrónicos; o que por la separación o ruptura de una relación de índole sentimental, sexual o de cualquier tipo que sea de confianza se genere mediante el chantaje, amenaza o venganza, una circunstancia de vulnerabilidad a la dignidad humana de adolescentes y jóvenes”.
Hasta el momento el punto de acuerdo sigue estancado en comisiones sin que haya información de su posible aprobación.
PENDIENTE TIPIFICACIÓN DEL CIBERACOSO
Desde noviembre de 2014 se presentó la primera iniciativa para tipificar el acoso cibernético contra menores de edad, propuesta que también sigue estancada en la congeladora legislativa.
Fue el ahora diputado con licencia Carlos Martínez Amador quien propueso la modificación del artículo 278 sexies del Código Penal del Estado de Puebla para incluir la definición de este tipo de acoso.
En concreto se refiere a los casos en los que se acose a un menor de edad “bajo la modalidad de uso de medios electrónicos, internet o cualquier tecnología de la información y comunicación” lo cual implicaría una pena corporal de tres a cinco años de prisión y una multa que oscilaría entre los 100 y 500 días de salario mínimo.
RIESGOS DEL GROOMING
Además en marzo de 2016, Céspedes Peregrina presentó un punto de acuerdo para solicitar a las autoridades estatales que se implementaran acciones para combatir el “grooming” por medio de la difusión de información en las escuelas, tanto a alumnos, padres de familia y maestros, así como contar con manuales de actuación pues los menores que son enganchados con estas acciones corren el riesgo de caer en redes de trata.
Como parte de la justificación de su propuesta el diputado describe que de acuerdo con un estudio elaborado por la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (Upaep) la mitad de los jóvenes que usan las redes sociales buscan parejas.
En el documento Céspedes Peregrina explica que este “consiste en acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con una niña, niño o adolescente en internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual mediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso el llegar a tener un encuentro sexual”.
Los pasos del grooming, según se desglosa en el punto de acuerdo -el cual tampoco ha sido aprobado hasta la fecha- son: el encuentro en páginas de internet , compartir intereses con la víctima, ganar su confianza, obtener sus secretos, convencerla de que lo que hacen no está mal, amenazarla o chantajearla y después el encuentro físico.
VIOLENCIA DIGITAL DE GÉNERO
En fechas más recientes se presentó una iniciativa para que en la Ley para el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se definiera la “violencia digital”, de modo que se establezca como obligación de las autoridades prevenir y combatir estas acciones.
En concreto, se incluye como este tipo de violencia “toda acción que limite las libertades de la mujer relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación, así como la divulgación sin consentimiento, a través de medios digitales, de material con contenido erótico y/o sexual, verdadero o alterado, que atente contra la integridad y la dignidad de la mujer”.