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Sistema Estatal Anticorrupción transparentará cuentas públicas

En PUEBLA Shanik David

PUEBLA, MÉXICO.- Las nuevas disposiciones que se han creado para la conformación del Sistema Estatal Anticorrupción servirán, entre otras cuestiones, para que se hagan públicos los informes emitidos por la Auditoría Superior del Estado (ASE) sobre la revisión de las cuentas públicas de las entidades fiscalizadas.

De hecho, el 1 de enero de este año entró en vigor la nueva Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización del Estado de Puebla, en la cual no sólo se establecen plazos concretos para la revisión de las cuentas públicas, sino que se les da un carácter de públicos a los informes emitidos por la ASE.

Estos lineamientos cobran especial relevancia en el contexto de la discusión generada en torno a la cuenta pública de Eduardo Rivera Pérez, la cual tardó tres años en ser dictaminada por la Auditoría y la Comisión Inspectora del Congreso del Estado, lo que contrasta con la rapidez y opacidad con las que se resolvieron las cuentas del exgobernador Rafael Moreno Valle.

De manera puntual, se establece que la ASE tendrá un plazo de 12 meses “contados a partir del vencimiento del plazo de presentación de las Cuentas Públicas” para presentar el Informe General de la fiscalización del mismo, el cual deberá entregar a la Comisión Inspectora “mismo que tendrá el carácter de público”.

Tanto el gobierno del estado como los ayuntamientos tienen hasta el último día de abril del año siguiente del ejercicio fiscal para presentar la Cuenta Pública para su revisión.

En la Ley además se establece que en caso de que se requiera una prorroga para la revisión de las Cuentas Públicas la ASE deberá justificar esta ampliación del plazo, cuestión que en la actualidad no se da.

Uno de los puntos más interesantes de la nueva Ley de Rendición de Cuentas se encuentra en el artículo 5, el cual dice de manera textual: “Los Informes a que se refieren las fracciones XV, XVI y XVII del artículo anterior, serán publicados en la página de internet de la Auditoría Superior, en formatos abiertos conforme a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la correspondiente del Estado, siempre y cuando no se revele información que se considere temporalmente reservada o que forme parte de un proceso de investigación, en los términos previstos en la legislación aplicable. La información reservada se incluirá una vez que deje de serlo”.

Los informes a los que se hace mención en dicho artículo son los Específicos (de las denuncias penales que se presenten por presuntos daños o perjuicios a la Hacienda Pública estatal o municipal), Generales (corresponden sólo a las cuentas públicas del estado y los municipios, en los que se contienen los resúmenes de las observaciones y auditorías hechas en el proceso de fiscalización, los resultados de ésta y descripciones de las muestras fiscalizadas) e Individuales (estos refieren a “las revisiones, auditorías y evaluaciones practicadas a cada una de las Entidades Fiscalizadas, con motivo de la fiscalización superior de la Cuenta Pública respectiva”).

Dado que la Ley apenas entró en vigor este año, en los artículos transitorios se indica que estas disposiciones serán aplicables para las Cuentas Públicas del ejercicio fiscal 2016 que tendrían que ser entregadas antes de que termine este mes ante el Congreso del Estado, por lo que los resultados de estos tendrían que ser transparentados por la ASE una vez que se concluyan los procesos correspondientes.

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