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Ministro Medina Mora estudiará caso de Romero Razo

En PUEBLA Josué Mota

En la imagen Eduardo Medina Mora,   Fotografía: Internet

PUEBLA, MÉXICO.- Eduardo Medina Mora, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), será el encargado de analizar el recurso de inconformidad interpuesto en contra del Pleno del Tribunal Superior de Justicia por el juez Enrique Romero Razo.

Lo anterior se debió a que se incumplió una sentencia de amparo que le dio la razón sobre su despido ocurrido en 2011, de acuerdo con la notificación realizada por el máximo tribunal del país.

“(…)así mismo informa que admitió a trámite el recurso de inconformidad interpuesto por Enrique Romero Razo, se registró con el número 253/2017 y lo turnó para su estudio al Ministro Eduardo Medina Mora I. Notifíquese. Así lo acordó y firma el magistrado Manuel Rojas Fonseca”, señala el documento al que el reportero tuvo acceso.

Luego de un que un tribunal colegiado ordenara dar cumplimiento a la sentencia de amparo que ordenaba revocar la sanción de destitución contra el juez, el pleno resolvió restituirlo en su cargo después de una batalla legal que duró seis años, con lo que se acordó remunerarle los salarios caídos.

Además el juez fue restituido en el Juzgado Mixto de Teziutlán pero el pago no ha sido realizado, según comentó a esta casa editorial pero además interpuso el recurso ante de la SCJN debido a la negativa en que incurrió el máximo órgano del Poder Judicial de Puebla al negarse en reiteradas ocasiones a dar cumplimiento al amparo que ya le había sido concedido, toda vez que el acuerdo no ha sido cubierto en su totalidad.

Cabe recordar que el Pleno ya había sido advertido que en caso de no dar cumplimiento con la sentencia de amparo podría ser destituido por la SCJN, según la resolución del Tercer Tribunal Colegiado en materia administrativa.

“Se hace del conocimiento de la autoridad responsable que de no dar cumplimiento en la forma y términos señalados, se remitirá el presente expediente al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en turno de este Circuito, para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación, en términos de los artículos 107, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 267, fracción I de la Ley de amparo”, señaló el colegiado. La situación ahora está cargo del ministro Medina Mora.

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