Paisano viola ley del Poder Judicial y nombra a juez municipal
Puebla.- El presidente municipal de San Andrés Cholula, Leoncio Paisano Arias, violó la Ley Orgánica del Poder Judicial del estado al designar a una encargada de despacho en el Juzgado Penal y Civil de ese municipio como si se tratara de una dependencia a su cargo dado que dicha normativa indica que esa designación sólo podrá hacerla el Tribunal Superior de Justicia.
La abogada Evelyn Pérez Orozco resuelve asuntos judiciales desde noviembre pasado acreditando en documentos oficiales su cargo como “encargada de despacho del Jugado Civil y Penal de San Andrés Cholula por disposición expresa del presidente municipal de San Andrés Cholula mediante oficio sin número de fecha 16 de noviembre de la presente anualidad”, según consta en oficios.
Sin embargo, la Ley en la materia no contempla si quiera la figura de un “encargado de despacho” y mucho menos faculta a los ediles a nombrar a los jueces penales y civiles. El artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado establece: que los jueces municipales “serán nombrados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, durarán tres años en el ejercicio de su cargo, y serán elegidos a propuesta en terna del Cabildo Municipal del lugar en que van a ejercer jurisdicción, pudiendo ser propuestos en terna para un periodo igual”
El artículo 57 dicta el procedimiento que se deberá seguir frente a la ausencia de un juez municipal: “En las faltas temporales, el Secretario del Juzgado; en las accidentales, el propio Secretario practicará todas las diligencias y dictará todas las providencias de mero trámite, emitiendo además las resoluciones de carácter urgente, pero en ningún caso podrá fallar en definitiva en cuanto al fondo de los asuntos. Si la falta es absoluta se procederá a hacer nuevo nombramiento”.
La irregularidad en la designación en una “encargada de despacho” ya fue incluso notada por autoridades judiciales federales y han solicitado las constancias que acrediten su nombramiento según consta en el juicio de amparo tramitado ante el Juzgado Primero en Materia Penal del sexto circuito del Poder Judicial Federal.
Dicha instancia le solicita a la abogada: “Vista la certificación de cuenta, de la que se advierte que se encuentra señalada para el día de hoy la audiencia constitucional; sin embargo, no se está en aptitud legal de celebrarla toda vez que no obran las constancias solicitadas al Juez Municipal de lo Penal y Civil de San Andrés Cholula”.
Cabe mencionar que los Juzgados Civiles y Penales tienen la responsabilidad de atender asuntos mercantiles cuyo monto del litigio no exceda los 200 mil pesos y pueden conocer de asuntos penales cuya pena no rebase los cinco años de prisión. Además, pueden expedir actas de nacimiento y de divorcio y algunos otros asuntos como deslindes, trámites que tienen un costo al público.
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