Tribunal Electoral quita medidas cautelares a Moreno Valle

  • Escrito por  Redacción
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México.- El Tribunal Electoral federal revocó medidas cautelares sobre el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, al considerar que una comisión del INE no tiene facultades para dictar acciones que restringen la libertad de expresión.

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad de votos, revocar las medidas cautelares emitidas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

En sesión privada resolvió los recursos de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-192/2016 y SUP-REP-193/2016 promovidos por Moreno Valle y la empresa Televisa, contra el acuerdo ACQyD-INE-140/2016 de dicha Comisión del INE.

Así se revocaron las medidas cautelares que ordenaron a la televisora suspender la difusión de una entrevista al gobernador en sus sitios de Internet.

Las magistradas y los magistrados establecieron que no era necesario dictar medidas cautelares pues del análisis preliminar se desprende que se trata de un auténtico ejercicio periodístico, en el que se estableció un diálogo y se formularon cuestionamientos al entrevistado.

Mediante un comunicado, el TEPJF indicó que la sentencia destaca la importancia de los medios de comunicación y su derecho a presentar ante la ciudadanía los hechos o acontecimientos que consideran relevantes.

Además “adoptar posturas informativas o de opinión susceptibles de poner en entredicho los acontecimientos ocurridos en la agenda política, económica, social o, como ocurre en el presente asunto, resaltar datos o información relacionada con servidores públicos”.

Así cuando en los programas televisivos se emiten entrevistas a servidores públicos “lo lógico es que se haga mención a sus actividades públicas, e inclusive privadas, puesto que la actividad periodística pretende aportar una información exhaustiva y objetiva en torno al personaje que se presenta”.

El Pleno de la Sala Superior también revocó las medidas cautelares por la supuesta comisión de infracciones a la normatividad electoral mediante la difusión de publicidad de la revista Esquire relacionada con Moreno Valle.

Ello al resolver el recurso SUP-REP-195/2016 promovido por el gobernador de Puebla contra el acuerdo ACQyD-INE-143/2016 de la Comisión de Quejas del INE.

En este asunto las magistradas y los magistrados consideraron que del análisis preliminar se desprende que el contenido cuestionado no constituye un posicionamiento del gobernador y el promocional no destaca la imagen del mandatario.

El gobernador sólo aparece de manera fragmentada durante cinco segundos, mientras que la narrativa del mensaje se enfoca en el desarrollo industrial de Puebla, sin hacer referencia a logros de gobierno ni a procesos electorales.

De la misma manera la Sala Superior determinó que el INE no tiene facultades para emitir ese tipo de medidas preventivas que se dirigen a restringir la libertad de expresión hacia el futuro.

Esa forma de medida preventiva constituye censura previa, ya que “para estar en aptitud de determinar si existe o no un abuso en el ejercicio de la libertad de expresión es necesario que se manifiesten en la realidad las ideas y opiniones que, en su caso, pueden ser sometidas a evaluación”, anotó la Sala Superior.

Las determinaciones en estas sentencias se limitan únicamente a la imposición de las medidas cautelares impugnadas, por lo que constituyen un examen preliminar de las materias objeto de la denuncia y, por ende, no condicionan el desenlace del procedimiento.

 

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