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Continúa la polémica alrededor de la destitución de Roemer en Relaciones Exteriores

  • Escrito por  Redacción
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La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) determinó que Andrés Roemer Slomianski sería destituido del cargo como embajador ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, pues presuntamente incurrió en violaciones a la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

Roemer Slomianski tuvo un desacuerdo acerca del voto de México en cuanto a la preservación del patrimonio cultural y religioso en Jerusalén Oriental.

Asimismo la SRE dio a conocer que el mexicano con ascendencia judía cometió violaciones a la Ley del Servicio Exterior Mexicano. La Secretaría explicó que fue “por no haber informado diligentemente y con acuciosidad del contexto en el que ocurrió el proceso de votación; por informar a representantes de otros gobiernos distintos al de México del sentido de su voto y por hacer públicos documentos y correspondencia oficiales sujetos al sigilo que le obliga la ley”.

El organismo diplomático ahondó señalando, que el mexicano faltó a los artículos 41, 42 y 43 de la legislación, en los que se establece que los miembros del cuerpo diplomático no pueden hacer pública la información que comprometan los intereses del país.

Con información de Expansión

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Continúa la polémica alrededor de la destitución de Roemer en Relaciones Exteriores

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) determinó que Andrés Roemer Slomianski sería destituido del cargo como embajador ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, pues presuntamente incurrió en violaciones a la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

Roemer Slomianski tuvo un desacuerdo acerca del voto de México en cuanto a la preservación del patrimonio cultural y religioso en Jerusalén Oriental.

Asimismo la SRE dio a conocer que el mexicano con ascendencia judía cometió violaciones a la Ley del Servicio Exterior Mexicano. La Secretaría explicó que fue “por no haber informado diligentemente y con acuciosidad del contexto en el que ocurrió el proceso de votación; por informar a representantes de otros gobiernos distintos al de México del sentido de su voto y por hacer públicos documentos y correspondencia oficiales sujetos al sigilo que le obliga la ley”.

El organismo diplomático ahondó señalando, que el mexicano faltó a los artículos 41, 42 y 43 de la legislación, en los que se establece que los miembros del cuerpo diplomático no pueden hacer pública la información que comprometan los intereses del país.

Con información de Expansión

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